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Temas de finanzas en Atlas

  • COA (Plan de cuentas):

    Los COA de los JPO se rigen por unos criterios específicos válidos para todos los Jóvenes Profesionales en Prácticas administrados por el CSJPO. Para una perspectiva general de los criterios, pulse aquí.
  • Los JPO del UNFPA patrocinados por Canadá:

    Tras la decisión del UNFPA de hacerse cargo de todas las tareas de contabilidad respecto a sus Jóvenes Profesionales en Prácticas canadienses a partir del 8 de marzo de 2005, todas las cantidades que se abonen a esos JPO tienen que llevar el siguiente COA en los trámites de pago:
      GLBU: UNFPA
      Fund: 2CA00
      Department: según proceda, departamento de la oficina local
      Todos los demás campos del COA deben permanecer SIN RELLENAR
      Las autorizaciones relativas a los justificantes de pago son otorgadas por la oficina de campo (o los departamentos locales, respectivamente)
    Tomen nota de que esta norma se aplica únicamente a los JPO del UNFPA financiados por Canadá, pero no a los que tengan otros patrocinadores y estén en activo en esa organización.



  • Autorizaciones:
    Todas las solicitudes de autorización, o cualquier otra solicitud de aclaración, han de ser presentadas a jposc.payments@undp.org.


  • Anticipos:
    Todos los anticipos entregados a los JPO (a excepción de los anticipos de sueldo, que trata el CSJPO) se administran localmente, incluso el reembolso de las partidas abiertas. El COA que se debe usar también es local.


  • Salarios:
    La porción de salario mensual pagada en el centro de trabajo a petición de la Sección de la Nómina de Sueldos no ha de ser cargada al COA del/de la JPO.
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    Temas generales

  • Prórrogas cofinanciadas:
    Las prórrogas de los nombramientos de JPO por el 3º; y 4º años convertidos en contratos ALD son realizables sin la habitualmente exigida interrupción de actividad de un mes (esta excepción se aplica únicamente a los JPO y sólo en caso de cofinanciación por parte del patrocinador).


  • Subsidio de reubicación:
    Este subsidio asciende a 6000 dólares US para los JPO sin personas a cargo y a 9000 dólares US para los JPO con personas reconocidas a cargo.


  • La Caja Común de Pensiones del Personal de las Naciones Unidas (CCPPNU) :
    La participación en el plan de jubilación de la CCPPNU no es automática, sino que depende de los acuerdos específicos firmados con el patrocinador.


  • La Prestación para Viajes y Formación Relacionados con el Trabajo (DTTA): :
    • La DTTA es otorgada por el gobierno patrocinador para las actividades relativas al cargo como la participación en los seminarios, los talleres, las mesas redondas a nivel nacional, regional, subregional y/o internacional, etc.
    • La DTTA representa una prestación determinada sobre una base anual y disponible sólo durante el periodo de misión de JPO que está patrocinado. La cuantía anual de la prestación depende del patrocinador.
    • Normalmente la DTTA no debe usarse para cubrir los gastos de: a) cursos y títulos universitarios, b) curso de PPO (introducción a las políticas y operaciones de programas), c) cursos de idiomas, d) cursos de informática, e) viajes de estudio a lugares de proyectos. En caso de duda, consulte con el/la Adjunto(a) de RR.HH. competente para amplios detalles.

      Si desea mayor información acerca del uso de la DTTA, pulse aquí.
  • Viajes:
    Los JPO viajan siempre en clase turista, independientemente de la duración del trayecto.


  • Operaciones generales:
    Para asesoramiento de orden general y normas acerca de las responsabilidades operativas para con los JPO, pulse aquí.


  • Supervisión general:
    Para asesoramiento de índole general y normas acerca de las responsabilidades y expectativas de los JPO, pulse aquí.


  • Conversiones de JPO:
    Para normas pautas sobre de las disposiciones relativas a la cofinanciación interrupción de actividad en relación con las conversiones de contratos de JPO, pulsen aquí.
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